Escala del ahorro 2026: cuánto pagas por tus ganancias
Los cinco tramos del 19 al 30 %, qué rentas entran, y tres ejemplos para ver la diferencia entre el tipo marginal y el tipo medio.
¿Cuánto se paga en el IRPF por las ganancias de inversiones, dividendos e intereses?
Se paga por tramos según la escala del ahorro: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % por encima. Cada parte de tu base paga su tipo; no todo al más alto.
- Entran las ganancias de vender (acciones, ETF, fondos, cripto), los dividendos y los intereses.
- La escala es la misma en todo el territorio común: las comunidades no pueden cambiarla (País Vasco y Navarra tienen la suya).
- Es la misma para el IRPF de 2025 y el de 2026.
- El tipo medio que pagas es casi siempre menor que el tipo del último tramo que tocas.
Válido para la Renta 2025 (campaña de 2026) y para el IRPF de 2026. Revisado el 3 de noviembre de 2026.
En este artículo
La respuesta corta
La parte de tu renta que va a la base liquidable del ahorro tributa con una escala de cinco tramos. Los tipos suben a medida que subes de tramo, pero cada euro solo paga el tipo del tramo en el que cae.
La escala actual está en vigor desde el 1 de enero de 2025 y, a fecha de noviembre de 2026, sigue igual para todo 2026. Las rentas de 2025 se declararon en la campaña de 2026; las de 2026 se declararán en la campaña de 2027. En los dos casos se aplica esta escala. Esta escala se fijó con efectos desde 2025: para ejercicios anteriores no la uses.
Los cinco tramos
| Base del ahorro hasta | Cuota acumulada | Resto hasta | Tipo |
|---|---|---|---|
| 0 € | 0 € | 6.000 € | 19 % |
| 6.000 € | 1.140 € | 44.000 € | 21 % |
| 50.000 € | 10.380 € | 150.000 € | 23 % |
| 200.000 € | 44.880 € | 100.000 € | 27 % |
| 300.000 € | 71.880 € | en adelante | 30 % |
La ley fija una escala para la parte estatal (art. 66) y otra igual para la autonómica (art. 76). Cada una aplica 9,5 %, 10,5 %, 11,5 %, 13,5 % y 15 %; sumadas dan 19, 21, 23, 27 y 30 %.
¿Cambia según la comunidad autónoma?
No. La ley que regula las competencias de las comunidades autónomas les permite cambiar la escala de la base general y varias deducciones, pero les prohíbe regular los tipos de gravamen autonómicos de la base liquidable del ahorro: son los que fija la Ley del IRPF (art. 46.2 de la Ley 22/2009).
Eso vale en el territorio de régimen común. Los residentes en el País Vasco y Navarra tributan por el IRPF de su diputación o de la Comunidad Foral, con su propia escala del ahorro (Concierto Económico, Ley 12/2002, y Convenio Económico, Ley 28/1990); este artículo no la cubre.
En Ceuta y Melilla la escala es la misma, pero hay una deducción del 60 % de la parte de la cuota que corresponde a las rentas obtenidas allí (art. 68.4 de la Ley del IRPF), con reglas propias sobre qué rentas cuentan como obtenidas en esas ciudades.
Qué entra en la base del ahorro
Base del ahorro (esta escala)
- Dividendos (art. 25.1).
- Intereses de cuentas, depósitos y otros capitales cedidos a terceros (art. 25.2).
- Ganancias y pérdidas por vender acciones, ETF, fondos y otros elementos patrimoniales (art. 46).
Base general (otra escala)
- Todo lo que no es renta del ahorro (art. 45).
- Por ejemplo, el sueldo.
- Tiene su propia escala, que sí varía por comunidad.
Dentro de la base del ahorro, las pérdidas restan de las ganancias, con las reglas de compensación que explicamos en cómo compensar pérdidas en bolsa. La base que paga la escala es el resultado después de compensar.
Ojo con el nombre exacto: el tipo se aplica sobre la base liquidable del ahorro. En casi todos los casos coincide con la base imponible del ahorro; solo baja si te sobra parte de la reducción por pensiones compensatorias (art. 50.2).
Tres ejemplos: 5.000, 30.000 y 120.000 euros
Imagina tres bases del ahorro distintas, y que además tienes un sueldo que cubre tu mínimo personal y familiar. Los números son inventados.
Por qué importa el sueldo: el mínimo personal y familiar (5.550 € por ti, con carácter general) se aplica primero en la base general. Solo si no tienes base general, o es menor que el mínimo, lo que sobra pasa a la base del ahorro y rebaja su cuota (arts. 56.2, 57 y 66.1).
| Base del ahorro | Cuenta por tramos | Cuota | Tipo medio |
|---|---|---|---|
| 5.000 € | 5.000 × 19 % | 950 € | 19 % |
| 30.000 € | 6.000 × 19 % + 24.000 × 21 % = 1.140 + 5.040 | 6.180 € | 20,6 % |
| 120.000 € | 6.000 × 19 % + 44.000 × 21 % + 70.000 × 23 % = 1.140 + 9.240 + 16.100 | 26.480 € | 22,07 % |
Comprobación del tercer caso con la tabla de arriba: la cuota acumulada hasta 50.000 € es 10.380 €, y a eso se suman 70.000 × 23 % = 16.100 €, que da 26.480 €.
Y si tu base fuera de 400.000 €, la cuota acumulada hasta 300.000 € es 71.880 €, más 100.000 × 30 % = 30.000 €: en total 101.880 €, un tipo medio del 25,47 %. Aunque el último tramo sea el 30 %, no pagas el 30 % por todo.
Tipo medio y tipo marginal
Tipo marginal
- Lo que paga el siguiente euro que ganes.
- En el ejemplo: 19 % con 5.000 €, 21 % con 30.000 € y 23 % con 120.000 €.
- Sirve para decidir cuánto cuesta ganar un poco más.
Tipo medio
- La cuota dividida entre la base: lo que pagas en promedio.
- En el ejemplo: 19 %, 20,6 % y 22,07 %.
- Siempre queda por debajo del marginal cuando hay más de un tramo.
Si tu base sube de 6.000 € a 6.001 €, solo ese euro paga el 21 %; los 6.000 anteriores siguen al 19 %. Por eso un euro más de ganancia nunca te hace pagar más por los euros anteriores.
Cómo lo aplica Mofetax
Mofetax aplica la escala por tramos sobre tu base del ahorro, después de restar las pérdidas, y te enseña cuánto cae en cada tramo y cuál es la cuota, para que puedas ver de dónde sale el total.
Hoy el cálculo usa la escala de 2025 y 2026 (19, 21, 23, 27 y 30 %).
Fuentes
- Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado (última actualización publicada el 7 de octubre de 2026): arts. 25, 45, 46, 50.2, 56, 57, 66, 68.4 y 76 (BOE).
- Ley 22/2009, que regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común: art. 46, alcance de sus competencias en el IRPF (BOE).
- Ley 12/2002, Concierto Económico con el País Vasco y Ley 28/1990, Convenio Económico con Navarra (BOE).
- Ley 7/2024, de 20 de diciembre, disposición final 7.ª: modificación de las escalas del ahorro con efectos desde el 1 de enero de 2025 (BOE).
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la escala del ahorro en 2026?
19 % hasta 6.000 €, 21 % de 6.000 a 50.000 €, 23 % de 50.000 a 200.000 €, 27 % de 200.000 a 300.000 € y 30 % por encima de 300.000 €. Es la misma que en 2025.
¿Cuánto se paga por vender acciones con beneficio?
Depende de tu base del ahorro total. Las ganancias de las acciones se suman a tus otras rentas del ahorro y se aplican los tramos: el primer tramo paga el 19 %, el siguiente el 21 %, y así sucesivamente.
¿Los dividendos pagan lo mismo que las ganancias por vender?
Sí. Los dividendos y las ganancias por transmisión son renta del ahorro y se suman en la misma base (art. 46 de la Ley del IRPF), que paga con esta escala.
¿La escala del ahorro cambia según la comunidad autónoma?
No. Las comunidades de régimen común no pueden modificar los tipos de la base del ahorro (art. 46.2 de la Ley 22/2009). El País Vasco y Navarra tienen su propia normativa.
¿Qué diferencia hay entre tipo marginal y tipo medio?
El marginal es el que paga el próximo euro que ganes; el medio es la cuota dividida entre toda la base. Con una base de 30.000 €, el marginal es del 21 % y el medio del 20,6 %.
¿Si paso de 6.000 euros, pago el 21 % por todo?
No. Solo paga el 21 % la parte que supera los 6.000 €. Los primeros 6.000 € siguen tributando al 19 %.
¿Desde cuándo está en vigor el tramo del 30 %?
Desde el 1 de enero de 2025 (disposición final 7.ª de la Ley 7/2024). Por eso las ganancias de 2025 y 2026 se calculan con esta escala.
Mofetax no es un asesor fiscal. Te enseñamos de dónde sale cada número para que puedas comprobarlo; si tu caso es complicado, consúltalo con un profesional.
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