Cómo declarar acciones en la renta, paso a paso
Qué casillas son, cómo se calcula cada venta, qué pasa con las pérdidas y cuánto se paga. Con un ejemplo completo y las casillas del modelo oficial de la Renta 2025.
¿Cómo se declara en la renta la venta de acciones?
Cada venta da una ganancia o pérdida (lo que cobras menos lo que te costó, con comisiones y por FIFO) que va a la base del ahorro y paga del 19 % al 30 %. En Renta WEB va en el apartado F2, casillas 0326 a 0340, con una entrada por empresa.
- Se venden primero las acciones compradas antes (FIFO) y las comisiones cuentan.
- Las acciones de EE. UU. van en el mismo bloque y con la misma regla de recompra de 2 meses que las europeas.
- Si vendes con pérdida y recompras en los 2 meses anteriores o posteriores, la pérdida se declara pero se aplaza.
- En dólares: calculas la ganancia en dólares y la pasas a euros con el tipo del BCE del día de la venta.
- Las pérdidas que sobran se restan en los 4 años siguientes, pero solo si declaraste el año en que las tuviste.
Válido para la Renta 2025 (campaña de 2026). Revisado el 3 de noviembre de 2026.
En este artículo
La respuesta corta
Cuando vendes acciones, la diferencia entre lo que cobras y lo que te costaron es una ganancia o pérdida patrimonial. Va a la base imponible del ahorro, junto con tus dividendos e intereses, y paga según la escala del ahorro: del 19 % al 30 %.
En Renta WEB va en el apartado F2, bloque de acciones negociadas: casillas 0326 a 0340, una entrada por empresa.
Las casillas son las del modelo de la Renta 2025 (ventas de 2025, declaradas del 8 de abril al 30 de junio de 2026). Para las ventas de 2026 la escala es la misma; las casillas las revisaremos con el modelo nuevo.
Los cinco pasos
Reúne las operaciones de todos tus brókers
Necesitas cada compra y cada venta, también las compras de años anteriores: fecha, número de acciones, precio, comisiones y divisa. Junta todos los brókers, también los que ya no usas: el FIFO y la regla de los 2 meses miran todas tus acciones de una empresa, no cada cuenta por separado.
Calcula cada venta con FIFO y en euros
Con compras en varias fechas, la ley entiende que vendes primero las que compraste antes (art. 37.2 de la Ley del IRPF). Es el método FIFO: no vale el precio medio ni elegir el lote que más te conviene.
- Valor de adquisición: lo que pagaste más los gastos y tributos de la compra, como la comisión (art. 35.1).
- Valor de transmisión: lo que cobraste menos los gastos y tributos de la venta (art. 35.2). En acciones cotizadas es la cotización del día de la venta, o el precio pactado si es mayor (art. 37.1.a).
- Resultado: transmisión menos adquisición. Si sale positivo, ganancia; si sale negativo, pérdida.
Todo se declara en euros. Si tus acciones cotizan en otra divisa, Hacienda dice cómo hacerlo: calculas la ganancia o pérdida en esa divisa y conviertes el resultado a euros con el tipo de cambio oficial del Banco Central Europeo del día de la venta. Lo explicamos en las preguntas frecuentes.
Revisa la regla de los 2 meses
Si vendes con pérdida y compras acciones de la misma empresa en los dos meses anteriores o posteriores, y esas acciones siguen en tu cartera, la pérdida no resta este año: se aplaza hasta que vendas las recompradas (art. 33.5 f). Si solo recompraste una parte, solo se aplaza la parte proporcional.
La pérdida se declara igual en el año de la venta, indicando en Renta WEB que hay recompra de valores homogéneos. Lo explicamos con ejemplos en la regla de los 2 meses.
Pon cada empresa en su casilla de Renta WEB
En el apartado F2 das de alta una entrada por cada empresa cuyas acciones vendiste. En cada una pones los importes globales del año: la suma de todas las ventas de esa empresa y la suma de sus valores de adquisición. Renta WEB calcula el resultado.
| Casilla | Qué va |
|---|---|
| 0326 | Titular de las acciones vendidas |
| 0327 | Entidad emisora (la empresa) |
| 0328 | Importe global de las transmisiones del año |
| 0331 | Valor de adquisición global de los valores vendidos |
| 0332 | Ganancia patrimonial |
| 0337 | Pérdida patrimonial: importe obtenido |
| 0338 | Pérdida patrimonial: importe computable |
| 0339 / 0340 | Suma de ganancias / suma de pérdidas de todas tus acciones |
Las casillas 0329, 0330 y 0333 a 0335 son para casos especiales: rentas vitalicias y acciones compradas antes de 1995 (disposición transitoria 9.ª). Si no es tu caso, se quedan vacías.
Si una empresa tiene ventas que no se tratan igual (por ejemplo, una con recompra y otra sin ella), Renta WEB pide tantas altas como situaciones distintas haya.
En la 0337 va la pérdida que has tenido (transmisión menos adquisición). En la 0338, la parte que se computa este año (la que suma la 0340). Sin recompra llevan la misma cifra; con recompra, marcas la casilla de recompra de valores homogéneos y la 0338 queda en 0 (si se aplaza solo una parte, dos entradas). El año en que vendas las acciones recompradas, esa pérdida aplazada se declara en «Imputación de pérdidas de transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores» (casillas 0394 a 0396 en el modelo de 2025).
Compensa las pérdidas y aplica la escala
Tus ganancias y pérdidas del año se suman entre sí (casillas 0422 y 0423) y dan un saldo: positivo en la 0424 o negativo en la 0425. Después:
- Si el saldo es negativo, puede restar de tus dividendos e intereses hasta el 25 % de ellos (casilla 0446). Lo que sobre se compensa en los cuatro años siguientes.
- Si el saldo es positivo, primero absorbe los rendimientos negativos del propio año hasta el 25 % (casilla 0436). Después se restan las pérdidas pendientes de los cuatro años anteriores, empezando por la más antigua (casillas 0439 a 0442, una por año).
- El resultado final es la base imponible del ahorro (casilla 0460).
A esa base se le aplica la escala del ahorro por tramos: cada parte paga su tipo, no todo al tipo más alto.
Un ejemplo completo, con números
Imagina que inviertes en dos empresas que cotizan en euros y en 2025 vendes acciones de las dos. Además, tienes 1.000 € de pérdidas de 2024 que no pudiste compensar. Sin dividendos ni intereses; números inventados.
Empresa X: venta con ganancia, con FIFO a la vista
| Fecha | Operación | Importe |
|---|---|---|
| 15-03-2023 | Compras 100 acciones a 20 € + 5 € de comisión | 2.005 € |
| 10-09-2024 | Compras 50 acciones a 30 € + 5 € de comisión | 1.505 € |
| 12-05-2025 | Vendes 120 acciones a 95 € − 6 € de comisión | 11.394 € |
| Lote | Acciones vendidas | Coste que se imputa |
|---|---|---|
| Marzo de 2023 | 100 de 100 | 2.005 € |
| Septiembre de 2024 | 20 de 50 | 1.505 × 20/50 = 602 € |
| Total | 120 | 2.607 € |
Ganancia: 11.394 − 2.607 = 8.787 €. Te quedan 30 acciones del lote de 2024, con un coste de 903 € para cuando las vendas.
Empresa Y: venta con pérdida, sin recompra
Compras 200 acciones a 15 € el 03-02-2025 (3.005 € con la comisión) y las vendes todas a 11 € el 20-10-2025 (2.195 € tras la comisión). Pérdida: −810 €. No compras acciones de Y entre el 20 de agosto y el 20 de diciembre, así que la pérdida resta entera este año.
Qué pones en Renta WEB y cuánto pagas
| Casilla | Concepto | Importe |
|---|---|---|
| 0328 / 0331 | Empresa X: transmisión / adquisición | 11.394 € / 2.607 € |
| 0332 | Empresa X: ganancia | 8.787 € |
| 0328 / 0331 | Empresa Y: transmisión / adquisición | 2.195 € / 3.005 € |
| 0337 y 0338 | Empresa Y: pérdida obtenida y computable | 810 € |
| 0424 | Saldo neto positivo (8.787 − 810) | 7.977 € |
| 0442 | Pérdidas pendientes de 2024 | −1.000 € |
| 0460 | Base imponible del ahorro | 6.977 € |
| Tramo | Parte de la base | Tipo | Cuota |
|---|---|---|---|
| Hasta 6.000 € | 6.000 € | 19 % | 1.140,00 € |
| De 6.000 a 50.000 € | 977 € | 21 % | 205,17 € |
| Total | 6.977 € | 1.345,17 € |
Si hubieras comprado otra vez 200 acciones de Y el 5 de diciembre y siguieran en tu cartera, los 810 € se declararían pero no restarían este año: 810 € en la 0337, la casilla de recompra marcada y 0 € en la 0338. La base sería de 7.787 € y la cuota, de 1.515,27 €: 170,10 € más (810 × 21 %). No es dinero perdido: la pérdida restará el año en que vendas esas acciones.
Es una simplificación: tu cuota real depende también de tus otras rentas.
Errores frecuentes
- Usar el precio medio del bróker en lugar del FIFO, o calcular cada bróker por separado.
- No arrastrar las pérdidas de los cuatro años anteriores. Si no las pones, pagas de más.
- Poner solo el resultado. Renta WEB pide el importe de las ventas y el de las compras, no solo la ganancia.
Más en 7 errores comunes al declarar.
¿Tienes que declarar si vendiste acciones?
Casi seguro que sí. Las ganancias por vender acciones no llevan retención, así que no entran en el límite de 1.600 € para rentas con retención. Solo te libras si todas tus rentas del año (nómina, intereses, ganancias…) suman 1.000 € o menos y tus pérdidas son inferiores a 500 € (art. 96.2 de la Ley del IRPF y cuadro resumen del manual de la AEAT).
Si vendiste con pérdidas, declararlas te interesa aunque no estés obligado: Hacienda solo deja restarlas en los cuatro años siguientes si presentaste la declaración del año en que las tuviste. Si no la presentaste, puedes hacerlo ahora: sin coste si no estabas obligado; si lo estabas, con un recargo si sale a pagar o una multa de 100 € si no (arts. 27 y 198 de la Ley General Tributaria).
Las acciones de la Bolsa de Nueva York y del Nasdaq se tratan como las europeas: van en las casillas 0326 a 0340 y su regla de recompra es de 2 meses. Lo aclaró Hacienda en 2025 (consulta vinculante V0778-25): la Comisión Europea declaró esas bolsas equivalentes a las europeas, igual que las de Australia y Hong Kong.
Las que solo cotizan en otras bolsas (por ejemplo, Londres, Suiza, Canadá o Japón) no tienen esa equivalencia: según el texto de la ley (arts. 33.5 g y 37.1 b), se declaran en «otros elementos patrimoniales» (clave 2 de Renta WEB) y su plazo de recompra es de un año. Cuenta dónde está admitida la acción, no dónde la compraste.
Fuentes
- Orden HAC/277/2026, de 25 de marzo, que aprueba el modelo de la Renta 2025: casillas, plazos y el apartado nuevo de los fondos cotizados (BOE).
- Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado: arts. 33.5 f), 35, 37, 46, 49, 50, 66, 76 y 96 (BOE).
- Ayuda de Renta 2025: ganancias y pérdidas de acciones admitidas a negociación (AEAT).
- Manual práctico de Renta 2025: pérdidas que no se computan (regla de los 2 meses) (AEAT).
- Manual práctico de Renta 2025: contribuyentes no obligados a declarar (AEAT).
- Ayuda de Renta 2025: imputación de pérdidas de transmisiones de ejercicios anteriores (AEAT).
- Consulta vinculante V0778-25: la Bolsa de Nueva York y el Nasdaq cuentan como mercados regulados (Dirección General de Tributos).
- Consulta vinculante V0282-22 y V5716-26: acciones en divisa y tipo de cambio del BCE (Dirección General de Tributos).
- Consulta vinculante V3725-16: para compensar saldos negativos hay que presentar la declaración del año en que se generaron (Dirección General de Tributos).
- Ley 46/1998, art. 36: el cambio oficial es el que publica el Banco Central Europeo (BOE).
Preguntas frecuentes
¿Dónde se ponen las acciones en la renta?
En el apartado F2 de Renta WEB, bloque «Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas»: casillas 0326 a 0340 en el modelo de la Renta 2025, con una entrada por cada empresa. Las acciones de la Bolsa de Nueva York y del Nasdaq van en el mismo bloque.
¿Tengo que declarar si vendí con pérdidas?
Solo te libras si todas tus rentas suman 1.000 € o menos y tus pérdidas son inferiores a 500 €. Y aunque no estuvieras obligado, te interesa declararlas: las pérdidas que no uses este año se pueden restar de tus ganancias durante los cuatro años siguientes, pero solo si presentaste la declaración del año de la pérdida (consultas vinculantes V0812-14 y V3725-16).
¿Cuánto se paga por vender acciones con beneficio?
La escala del ahorro: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % por encima, para 2025 y 2026. Se aplica por tramos sobre la base del ahorro, después de restar las pérdidas.
¿Y si vendí en dólares?
Hacienda lo tiene dicho en varias consultas vinculantes (la última, V5716-26, de septiembre de 2026): calculas la ganancia o pérdida en dólares (venta menos compra, con comisiones) y conviertes ese resultado a euros con el tipo de cambio oficial del Banco Central Europeo del día de la venta. Por ejemplo: compras por 1.000 $ y vendes por 1.200 $; ganas 200 $, y si ese día el BCE publica 1,10 $ por euro, declaras 200 / 1,10 = 181,82 €.
Si cambias a euros los dólares en otro momento, la diferencia de tipo de cambio es otra ganancia o pérdida aparte, que se imputa cuando haces el cambio (consulta V0282-22).
¿Los ETF se declaran como acciones?
No en la misma casilla. Desde la Renta 2025 tienen un apartado propio (casillas 2224 a 2236). Las reglas de cálculo son las mismas y acaban en la misma base del ahorro.
Mofetax no es un asesor fiscal. Te enseñamos de dónde sale cada número para que puedas comprobarlo; si tu caso es complicado, consúltalo con un profesional.
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